EL PADRE DE NEYMAR,CITADO TAMBIÉN POR EL JUEZ RUZ PARA DECLARAR

Redacción:Noelia Pinto Cervero-Latribunamadridista

El juez Pablo Ruz, titular del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional empieza a mover ficha en el caso Neymar. Tras la declaración de Sandro Rosell, ex presidente del Barça, del pasado día 22, el magistrado ha dictado la orden de que el padre de Neymar, Neymar Da Silva Santos, y el director financiero del Barcelona, Néstor Almela, pasen a declarar por el juzgado el próximo 1 de octubre.

En el auto con fecha del pasado viernes, el juez requiere al padre del delantero para que en diez días aporte diversa documentación, entre ella las cantidades satisfechas derivadas de los contratos formalizadas con el FC Barcelona relativas a retribuciones variables pactadas, reembolso de gastos o pagos directos asumidos por el club y motivados por la instalación en España del jugador y su entorno familiar y profesional.

También le demanda al padre los justificantes del pago de 900.000 euros por derechos de imagen de la temporada 2013-2014. Deberá aportar, asimismo, las facuras de 2013 correspondientes al cobro del 5 por ciento de comisión sobre los ingresos fijos y variables de Neymar Jr. y la sociedad N&N.

En otra de las diligencias, Ruz solicita al FC Barcelona las actas de la Junta Directiva de 2013, hasta el día 10 de junio. Además, el juez amplía la petición de auxilio judicial a la Agencia Tribuntaria para que un perito elabore, a partir de la cuentas del FC Barcelona y los papeles de trabajo de Deloitte, un informe sobre todos los pagos y compromisos de pago derivados del fichaje del jugador, así como sobre la regularidad de su contabilización, la justificación de los mismos y, en su caso, el perjuicio económico causado al club.

Por otra parte, el juez de la Audiencia Nacional ha dado a las partes un plazo de cinco días para que se pronuncien sobre el escrito presentado por Jordi Cases para ampliar la querella respecto de Josep María Bartomeu y Javier Faus. En otro auto, Ruz rechaza la personación de la sociedad brasileña DIS como acusación poppular al tratarse de una persona jurídica extranjera, tal y como establece la doctrina del Tribunal Constitucional.

About admin